Saltar al contenido principal
Volver al inicio Guía para inversionistas

Cómo Registrar una Propiedad en República Dominicana

Registrar una propiedad en RD significa que el Estado reconoce oficialmente que eres el dueño. Sin Certificado de Título a tu nombre, la propiedad sigue legalmente en manos del anterior titular.

El sistema Torrens dominicano

RD usa el sistema Torrens: el Certificado de Título emitido por el Registro de Títulos es prueba absoluta de propiedad. Quien no figura en el registro, legalmente no es dueño aunque tenga la posesión.

Documentos necesarios

Para inscribir un inmueble a tu nombre necesitas:

  • Contrato de compraventa notariado
  • Certificación del Estado Jurídico del Inmueble vigente
  • Cédula o pasaporte del comprador
  • Comprobante de pago del 3% de impuesto de transferencia (DGII)
  • Plano catastral aprobado o constancia anotada

Pasos del registro

1) Tu abogado deposita el expediente en el Registro de Títulos correspondiente a la provincia.

2) El Registro revisa la legalidad del acto y la cadena de títulos anteriores.

3) Si todo está en orden, se emite el nuevo Certificado de Título a tu nombre.

4) El plazo habitual es de 30 a 90 días según la oficina y la complejidad.

Cuándo necesitas un deslinde primero

Si compras una porción dentro de una parcela mayor con constancia anotada, primero hay que deslindar para obtener tu propio Certificado de Título individual. Este proceso lo gestiona un agrimensor matriculado ante Mensuras Catastrales.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto cuesta registrar una propiedad en RD?

El costo principal es el 3% de impuesto de transferencia sobre el valor catastral o de venta (el mayor). A esto se suman honorarios de abogado y tasas registrales.

¿Cuánto tarda en salir el nuevo Certificado de Título?

Entre 30 y 90 días una vez depositado el expediente completo y pagados los impuestos.

¿Qué diferencia hay entre constancia anotada y Certificado de Título?

La constancia anotada es una porción dentro de una parcela mayor sin deslindar. El Certificado de Título es un documento individual con plano propio.

¿Necesito agrimensor para registrar?

Sí, cuando hay que deslindar, subdividir o refundir parcelas. Sin plano aprobado por Mensuras Catastrales no se emite el Certificado de Título individual.

Te ayudamos con el plano y la mensura para registrar

Tramitamos deslinde, subdivisión o mensura ante la Jurisdicción Inmobiliaria con expediente XML completo.

Atención internacional: Atendemos clientes en República Dominicana, Estados Unidos, Puerto Rico, España y otros países mediante videollamadas, correo electrónico y WhatsApp.

Servicios relacionados

Artículos técnicos relacionados

Ver todas las guías para inversionistas →